Institución
Normativa
El Consejo Consultivo de Canarias es el supremo órgano consultivo de la Comunidad Autónoma de Canarias encargado de dictaminar sobre la adecuación a la Constitución y al Estatuto de Autonomía de:
a) Las iniciativas legislativas.
b) Los decretos-leyes sometidos a convalidación del Parlamento.
c) Los proyectos de decretos legislativos.
d) La interposición de recursos de inconstitucionalidad por parte del Parlamento o del Gobierno, así como los planteamientos de conflictos de competencia.
e) Las demás cuestiones que determine su ley reguladora.La ley garantizará su imparcialidad e independencia, y regulará su composición, funcionamiento y el estatuto de sus miembros.
Artículo 58 del Estatuto de Autonomía de Canarias
- Ley 5/2002, de 3 de junio, del Consejo Consultivo de Canarias.
- Decreto 181/2005, de 26 julio, por el que se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funcionamiento del Consejo Consultivo de Canarias.
(Fuente Juriscan).